Especialidades mercantiles en materia de contratos

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LA PERFECCIÓN DEL CONTRATO MERCANTIL

  • Concepto.- Concurrencia «oferta-aceptación.
  • Modalidades de contratación:

                                   a.- Contratación entre presentes

                                   b.- Contratación entre ausentes

  • Momento.- Conocimiento por el oferente de la aceptación; o Desde la remisión de la aceptación al oferente sin que éste pueda ignorarla sin faltar a la buena fe.
  • Lugar.- Donde se hizo la oferta.

                                   c.- Contratación electrónica (una de las partes, consumidor)

  • Momento.- Remisión a la contratación entre ausentes.
  • Lugar.- La residencia habitual del consumidor.

                                  d.- Contratación electrónica (entre profesionales o empresarios)

  • Momento.- Remisión a la contratación entre ausentes.
  • Lugar.- El establecimiento del prestador de servicios.

LA FORMA DEL CONTRATO MERCANTIL

  • Principio general.- Libertad de forma (Art. 51 C. de c.)
  •  Excepciones: (Art. 52 C. de c.)
    • Cuando las normas legales exijan una determinada formalidad.
    • Contratos celebrados en el extranjero, cuando la Ley del país extranjero exija una determinada formalidad.

LA PRUEBA DEL CONTRATO MERCANTIL

  • Medios de prueba civiles: (documental, confesión, inspección judicial, peritos, presunciones)
  • Testigos: (no es suficiente, por sí sola, si la cuantía del contrato excede de 9 €)
  •  Libros de agentes mediadores colegiados: (hacen fe en juicio, y las pólizas por ellos intervenidas tienen el valor de un documento público en cuanto a la fecha y al contenido de la misma)
  • Libros y documentos contables de los empresarios: (valor probatorio apreciado por el Juez, conforme a las reglas generales del Derecho)
  • Correspondencia telegráfica: (si ha sido admitida por las partes en contrato escrito)
  • La factura (RD 1496/2003, de 28 de noviembre) Regula las obligaciones de facturación
  • Concepto.- Lista de mercancías, objeto de un contrato mercantil, indicando su cantidad, características y precio.
  • Naturaleza.- Documento privado.
  • Valor probatorio.              
    • Frente al vendedor (que la emite): Confesión extrajudicial.
    • Frente al comprador (si la firma): Conformidad con su contenido.